El comprobante de un pago con tarjeta de crédito o débito tiene valor de boleta de ventas y servicios en Chile, según aclaró el Servicio de Impuestos Internos (SII) el 5 de enero de 2021 al explicar las reglas aplicables desde el inicio del mes. La Resolución 176, fechada el 31 de diciembre, deja fuera las transferencias remotas entre las cuentas bancarias del cliente y del vendedor. Recibir dinero por transferencia no permite sustituir la boleta por el comprobante bancario. [S1][S2]

La distinción depende del circuito de cobro. La resolución exige que el pago electrónico quede detallado en los registros de venta del comercio y sea identificable directamente por el administrador del medio de pago. El voucher lo emite el terminal o sistema de ese operador, tanto en ventas presenciales como por internet. Si el cliente paga en efectivo, corresponde emitir boleta; si combina tarjeta y efectivo en una misma compra, la boleta corresponde al saldo pagado en efectivo. La caja necesita distinguir una tarjeta de una transferencia bancaria, aunque ninguna implique entregar billetes. [S2]

El calendario de la boleta electrónica tiene dos fechas. Los contribuyentes ya habilitados como emisores de facturas electrónicas deben emitir boletas electrónicas y desglosar el impuesto al valor agregado (IVA) desde el 1 de enero de 2021. Para los demás, esas obligaciones empiezan el 1 de marzo, según recoge la resolución. La sustitución mediante voucher también alcanza las boletas en papel cuando ese formato esté excepcionalmente autorizado, así como las no afectas o exentas. [S2]

Si una venta queda documentada dos veces —con voucher y con boleta electrónica—, el comercio debe emitir a su propio nombre una nota de crédito electrónica de anulación que reúna el total mensual de esas operaciones. El plazo llega hasta el día anterior a la declaración y pago del Formulario 29 del período tributario correspondiente. La nota debe llevar como fecha de emisión el último día del mes en que se produjo la duplicación. Es una corrección de la doble documentación de la venta, no una instrucción de devolver el dinero al comprador. [S1][S2]

El envío de datos por el operador no elimina la revisión del comercio. La resolución obliga a los administradores a informar diariamente al SII de los pagos registrados en sus terminales el día anterior, aunque les permite solicitar un plazo adicional de adaptación, sujeto a aprobación. El SII incorpora las ventas electrónicas al Registro de Compras y Ventas. La responsabilidad por los datos del Formulario 29 sigue siendo del contribuyente: debe comprobar que estén todas sus operaciones y modificar o completar el registro cuando corresponda. [S2]

Documentos fuente

  1. Comprobante o recibo de pago electrónico “voucher” tiene validez como boleta de ventas y servicios electrónicahttps://www.sii.cl/noticias/2021/050121noti01er.htm
  2. Resolución Exenta SII N° 176, 31 de diciembre de 2020https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso176.pdf